Mayo 25 de 2022

El pasado martes 22 de junio del año 2021, la Asamblea Legislativa de Costa Rica aprobó, en segundo debate, la ley número 22.156 que beneficiaría a todos los inversionistas, rentistas y pensionados que quieran optar por una residencia temporal en Costa Rica. 


Esta ley lo que busca es fomentar e incentivar que más extranjeros puedan mudarse a Costa Rica, a través del otorgamiento de una serie de incentivos y beneficios. Dicho lo anterior, realizaremos un resumen de los aspectos principales que establece esta ley: 


¿Quiénes podrán aplicar?: esta ley aplicará para todos los extranjeros que obtengan una residencia temporal en el país como Inversionistas, Rentistas o Pensionados (en adelante denominado el ¨Beneficiario o los ¨Beneficiarios)


Incentivos y Beneficios 


● Exoneración en los impuestos de importación de bienes, así como, de los instrumentos y materiales para uso profesional . 

Menaje de Casa: Exoneración, por una única vez, de los impuestos aduaneros de importación para el menaje de casa. En situaciones muy calificadas, donde se produzca la destrucción o pérdida por robo de los artículos del menaje de casa, los Beneficiarios podrán adquirir otros bienes para su sustitución, igualmente exentos de impuestos.

Vehículos: Los Beneficiarios podrán importar hasta dos vehículos de transporte, para uso personal o familiar, libre de los impuestos de importación, arancelarios y valor agregado.

Instrumentos y material para uso profesional: estos estarán exentos de impuestos de importación, siempre que el beneficiario demuestre, ante el Ministerio de Hacienda, que necesita estos instrumentos/materiales para uso profesional.


● Exención del Impuesto sobre la Renta: las sumas declaradas como ingreso para optar por los beneficios otorgados por esta ley, estarán exentas del Impuesto de la Renta; sin embargo, las rentas obtenidas en el territorio nacional, producto de las inversiones realizadas en el país, estarán gravadas con el Impuesto sobre la Renta.


● Exención del Impuesto de Traspaso: Los beneficiarios que quieran adquirir una propiedad a su nombre gozarán de una exoneración del 20% sobre el total del impuesto de traspaso a pagar que es un 1,5% del valor total del precio de compra.


● Residencia Fiscal: Los beneficiarios no serán considerados automáticamente como residentes fiscales. 


● Reducción del importe de inversión mínima (Inversionistas): se reduce la inversión mínima de capital a US$150,000.00 (antes US$200,000.00) para la categoría de inversionista. 


● Plataforma de atención especializada ante Migración: Se creará una plataforma de atención especializada dedicada a los beneficiarios para agilizar el tiempo de resolución de las solicitudes de residencia en dichas categorías.


● Plazo de los beneficios: Los beneficios establecidos por esta ley, únicamente podrán ser solicitados en los primeros cinco (5) años después de que la Ley sea publicada y, una vez otorgados, solo serán válidos por diez (10) años.


Importante mencionar que los beneficiarios que disfruten de estos beneficios y que renuncien a su condición migratoria o que las autoridades migratorias cancelen su estatus migratorio dentro del plazo de vigencia de esta ley, deberán cancelar los impuestos de los cuales fueron eximidos.


Para más información sobre las categorías de residencia temporal, nos pueden escribir al correo electrónico info@caialegal.com. 

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